Figura de encargada o encargado de despacho debe ser por un periodo no mayor a 30 días naturales

Figura de encargada o encargado de despacho debe ser por un periodo no mayor a 30 días naturales
- Deben tener la formación en el puesto a ocupar para garantizar la continuidad de los servicios
- Posterior a este plazo la persona deberá ser ratificada
San Raymundo Jalpan, Oax., a 19 de diciembre de 2024.- Con la finalidad de velar por el derecho a una buena y correcta administración pública, la diputada del partido político Grupo Plural, Antonia Natividad Díaz Jiménez presentó ante la LXVI Legislatura local una iniciativa para reformar el artículo 29 de la #Ley #Orgánica del #Poder #Ejecutivo del Estado.
La propuesta plantea que, para la designación de una encargada o encargado de Despacho para titular de alguna dependencia o entidad, el Gobernador o Gobernadora de Oaxaca podrá nombrar por una única ocasión a la persona que ocupe el cargo provisional por un periodo no mayor a los 30 días naturales.
Y una vez concluido el plazo, se tendrá por ratificada o ratificado con el nombramiento de Secretaria o Secretario de la institución que corresponda, se precisa en el proyecto de decreto, que fue turnado para su estudio a la Comisión Permanente de Administración Pública.

En este sentido, la legisladora destacó la importancia de esta figura, quienes deben tener la formación en el puesto que ocuparán, estar capacitadas y capacitados en la toma de decisiones que favorezcan la eficacia y eficiencia.
Asimismo, poseer el compromiso con las mejores prácticas administrativas, con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios y la gestión adecuada.
Las funciones de las y los encargados de despacho incluyen la supervisión de proyectos, la administración de recursos y la implementación de políticas públicas.
De ahí que la Ley de Responsabilidades Administrativas establece que, quienes tengan esta función deben actuar con integridad y en beneficio del interés público.